In Re: Aprobación De La Actualización Del Libro De Instrucciones Al Jurado

Supreme Court of Puerto Rico·Decided September 9, 2026·No. EC-2026-0001·Published

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re:

2026 TSPR 97

Aprobación de la actualización del 218 DPR ___ Libro de Instrucciones al Jurado

Número del Caso: EC-2026-0001

Fecha: 9 de septiembre de 2026

Materia: Aprobación de la actualización del Libro de Instrucciones al Jurado.

Este documento está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal Supremo. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re:

Aprobación de la EC-2026-01 actualización del Libro de Instrucciones al Jurado

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de septiembre de 2026.

Mediante la Resolución EC-2022-01 de 25 de marzo

de 2022 (Resolución EC-2022-01),1 aprobamos el Libro

de Instrucciones al Jurado (Libro). En virtud de esta

Resolución, además, se constituyó el Comité Asesor

Permanente de Instrucciones al Jurado (Comité de

Instrucciones al Jurado), adscrito al Secretariado de

la Conferencia Judicial y Notarial (Secretariado),

con la finalidad de mantener la revisión continua y

preservar la vigencia del Libro. Se encomendó al

Comité de Instrucciones al Jurado considerar y revisar

1 In re Aprobación del Libro de Instrucciones al Jurado; Agradecimiento al Comité para la Revisión del Manual de Instrucciones al Jurado; designación de miembros del Comité Asesor Permanente de Instrucciones al Jurado, 208 DPR 1042 (2022).

EC-2026-01 2

asiduamente el ordenamiento penal vigente para cumplir con

el objetivo de mantener el Libro actualizado.

En cumplimiento de la encomienda, el 3 de octubre de

2025 el Comité de Instrucciones al Jurado presentó un

proyecto del Libro actualizado. Este proyecto contiene la

edición y la revisión lingüística de la Oficina de la

Compiladora y Publicista de Jurisprudencia del Tribunal

Supremo (Oficina de la Compiladora), quien también aseguró

la integración de las técnicas de uso de lenguaje inclusivo

en los veintiséis capítulos del Libro.

Tras un examen exhaustivo del proyecto, este Tribunal

hoy aprueba los cambios y hace formar parte de esta

Resolución el Libro de Instrucciones al Jurado revisado.

Este documento incorpora un lenguaje claro para

facilitar la comprensión de las instrucciones por quienes

integran el Jurado. Con ese propósito, se modificaron las

instrucciones 1.8 y 3.42 (Presunción de Inocencia; Derecho

a la No Autoincriminación; Peso de la Prueba; Duda

Razonable); 1.9 (Advertencia sobre Cobertura Mediática); 3.5

(Impugnación mediante Declaraciones Anteriores del (de la)

Testigo No Admisibles en Evidencia como Prueba Sustantiva);

3.10 (Evaluación y Suficiencia de la Prueba); 3.44

(Instrucción sobre la Regla 1008 de Evidencia); 4.1 (Formas

de Comisión), y 4.7 (Error en la Persona).

Además, este documento se distingue por cambios

sustantivos en el texto de las instrucciones para adecuarlas

a la aprobación de las enmiendas incorporadas al

EC-2026-01 3

ordenamiento penal hasta agosto de 2025. En consecuencia, se

modificaron las instrucciones 5.8 (Asesinato en Primer

Grado; feminicidio) y 5.9 (Asesinato en Primer Grado;

transfeminicidio), renumeradas como 5.9 y 5.10,

respectivamente, para armonizarlas con lo establecido en la

Ley Núm. 71-2024. Como resultado de la precitada legislación

también se crearon dos instrucciones nuevas: la Instrucción

5.5 (Asesinato en Primer Grado por Estrangulación,

Sofocación o Asfixie Posicional) y la Instrucción 15.2

(Maltrato Agravado mediante Estrangulamiento, Sofocación o

Asfixie Posicional).

Igualmente, se atemperaron ciertas instrucciones de los

Capítulos 7 y 8 a las disposiciones legales aplicables. En

particular, se enmendaron las instrucciones 7.6 (Seducción,

Persuasión, Atracción y Coacción de Menores a través de la

Internet o Medios Electrónicos); 7.7 (Abandono de Personas

de Edad Avanzada e Incapacitados); 7.8 (Negligencia en el

Cuidado de Personas de Edad Avanzada e Incapacitados); 7.9

(Maltrato a Personas de Edad Avanzada); 7.10 (Maltrato a

Personas de Edad Avanzada mediante Amenaza); 7.11

(Explotación Financiera de Personas de Edad Avanzada), y

7.12 (Fraude de Gravamen contra Personas de Edad Avanzada).

Respecto a estas últimas instrucciones, conviene señalar que

también se actualizó la sección de Referencia de las

instrucciones 7.7 a la 7.12 para que refleje adecuadamente

que la Ley Núm. 75-2025 enmendó el Código Penal de Puerto

EC-2026-01 4

Rico de 2012, con el propósito de incluir la definición de

“persona de edad avanzada o adulto mayor”.

Además, se realizaron cambios a las instrucciones 8.1

(Agresión Sexual), 8.2 (Incesto) y 8.3 (Actos Lascivos) para

conformarlas a lo dispuesto en la Ley Núm. 108-2024.

Asimismo, se enmendaron las Instrucciones 8.5 (Proxenetismo,

Rufianismo y Comercio de Personas) y 8.6 (Proxenetismo,

Rufianismo y Comercio de Personas Agravado) para eliminar la

referencia al “comercio de sodomía” y, de esta forma,

armonizar cada Instrucción con su Comentario.

Por su parte, se enmendaron las instrucciones 12.8

(Posesión e Introducción de Objetos a un Establecimiento

Penal), 13.1 (Armas de Asalto Automáticas o Semiautomáticas

y Ametralladoras, Silenciador, Fabricación, Importación,

Distribución, Venta, Posesión y Transferencia) y 13.6

(Portación, Transportación o Uso de Armas de Fuego sin

Licencia), con el propósito de aclarar los elementos de los

respectivos delitos.

A su vez, producto de varias enmiendas a la Ley de Armas

de Puerto Rico de 2020, Ley Núm. 168-2019, mediante la Ley

Núm. 100-2023 y la Ley Núm. 24-2025, se revisaron las

instrucciones 13.4 (Prohibición a la Venta de Armas de Fuego

a Personas sin Licencia), 13.22 (Venta de Municiones a

Personas sin Licencia), 23.3 (Restricción de Comunicaciones:

transferencia no autorizada de un equipo de telecomunicación

por persona ajena a la institución penal) y 23.4 (Restricción

de Comunicaciones: posesión de un equipo de telecomunicación

EC-2026-01 5

por persona ajena con la intención de transferirlo a la

institución penal). Con el propósito de recoger lo dispuesto

en la Ley Núm. 75-2024, se revisó el comentario de la

Instrucción 13.9 (Posesión de Armas de Fuego sin Licencia).

El Capítulo 14 se atemperó a la aprobación de varias

enmiendas a la Ley para la Prevención e Intervención con la

Violencia Doméstica, Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989,

según enmendada (Ley Núm. 54), mediante las leyes

siguientes: Ley Núm. 57-2022 (que incluye la amenaza de

maltrato o maltrato de mascotas dentro de la conducta

definida como intimidación); Ley Núm. 41-2023 (que añade la

violencia cibernética o digital como parte del delito); Ley

Núm. 74-2023 (que reconoce la violencia económica como una

modalidad de violencia doméstica); Ley Núm. 223-2024 (que

crea una modalidad del delito de maltrato agravado por el

rastreo, sin autorización expresa, de una persona o su

propiedad a través de un dispositivo tecnológico para

determinar su localización), y Ley Núm. 5-2025 (que enmienda

la definición de violencia doméstica del Artículo 1.3 y,

entre otros cambios, incluye nuevamente la amenaza de causar

daño por maltrato a un animal o mascota en el Artículo 3.3).

Asimismo, se añadió una nueva Instrucción 14.4, sobre

maltrato agravado mediante estrangulación, sofocación o

asfixie posicional, como consecuencia de la aprobación de un

nuevo Artículo 3.2A en la Ley Núm. 54, 8 LPRA sec. 632a.

Igualmente, en la Instrucción 14.5 (Maltrato Mediante

Amenaza) se aclararon los elementos del delito y se revisó

EC-2026-01 6

la definición de “amenaza” para facilitar su comprensión.

Además, para propósitos de uniformidad, se enmendó la

definición de “violencia sicológica” incluida en las

instrucciones 5.9 (Asesinato en Primer Grado; feminicidio),

14.2 (Maltrato), 14.3 (Maltrato Agravado) y 14.7 (Agresión

Sexual Conyugal).

En cuanto al Capítulo 15 del Libro, el cual recogía las

instrucciones atinentes a la Ley Núm. 246-2011, se eliminó

la Instrucción 15.1, dado que la referida ley se derogó por

la Ley para la Prevención del Maltrato, Preservación de la

Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección

de los Menores, Ley Núm. 57-2023, según enmendada. Asimismo,

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

In Re: Aprobación De La Actualización Del Libro De Instrucciones Al Jurado, (prsupreme 2026).

In Re: Aprobación De La Actualización Del Libro De Instrucciones Al Jurado (In Re: Aprobación De La Actualización Del Libro De Instrucciones Al Jurado) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

Related

Allen v. United States
164 U.S. 492 (Supreme Court, 1896)
Sorrells v. United States
287 U.S. 435 (Supreme Court, 1932)
Rochin v. California
342 U.S. 165 (Supreme Court, 1952)
Opper v. United States
348 U.S. 84 (Supreme Court, 1954)
Smith v. United States
348 U.S. 147 (Supreme Court, 1954)
Miranda v. Arizona
384 U.S. 436 (Supreme Court, 1966)
Katz v. United States
389 U.S. 347 (Supreme Court, 1967)
Simmons v. United States
390 U.S. 377 (Supreme Court, 1968)
Bruton v. United States
391 U.S. 123 (Supreme Court, 1968)
Harris v. New York
401 U.S. 222 (Supreme Court, 1971)
Cool v. United States
409 U.S. 100 (Supreme Court, 1972)
United States v. Russell
411 U.S. 423 (Supreme Court, 1973)
Miller v. California
413 U.S. 15 (Supreme Court, 1973)
Oregon v. Hass
420 U.S. 714 (Supreme Court, 1975)
Hampton v. United States
425 U.S. 484 (Supreme Court, 1976)
Beck v. Alabama
447 U.S. 625 (Supreme Court, 1980)
Francis v. Franklin
471 U.S. 307 (Supreme Court, 1985)
United States v. Owens
484 U.S. 554 (Supreme Court, 1988)
Mathews v. United States
485 U.S. 58 (Supreme Court, 1988)
Huddleston v. United States
485 U.S. 681 (Supreme Court, 1988)