In Re: Antonio E. Arraiza Miranda
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2014 TSPR 68
190 DPR ____
Antonio E. Arraiza Miranda
Número del Caso: TS-3622
Fecha: 28 de mayo de 2014
Abogada del Peticionario:
Lcda. Carmen I. Navas
Procuradora del Abogado(a)
del Colegio de Abogados de Puerto Rico
Materia: Reinstalación al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
Antonio E. Arraiza Miranda TS-3622
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de mayo de 2014.
Examinada la Solicitud de Reinstalación Cumplida la Suspensión Impuesta presentada por el Sr. Antonio E. Arraiza Miranda, se autoriza su reinstalación al ejercicio de la abogacía y notaría.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo
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