In Re: Ángel L. Casiano Ruiz

2017 TSPR 190
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedDecember 1, 2017
DocketAB-2015-338
StatusPublished

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In Re: Ángel L. Casiano Ruiz, 2017 TSPR 190 (prsupreme 2017).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: 2017 TSPR 190

198 DPR ____ Ángel L. Casiano Ruiz (TS-18,573)

Número del Caso: AB-2015-338

Fecha: 1 de diciembre de 2017

Abogado del promovido:

Por derecho propio

Oficina del Procurador General:

Lcdo. Joseph Feldstein del Valle Subprocurador General

Materia: Conducta Profesional – Censura enérgica y archivo de queja.

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Sala I

In re:

Ángel L. Casiano Ruiz AB-2015-0338 (TS-18,573)

Sala de Despacho integrada por la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez, la Jueza Asociada señora Pabón Charneco y el Juez Asociado señor Feliberti Cintrón

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 1 de diciembre de 2017.

Examinado el Informe del Procurador General, así como las mociones presentadas por la promovente, Sra. Jessica López, y el promovido, Lcdo. Ángel L. Casiano Ruiz, se censura enérgicamente al licenciado Casiano Ruiz por la conducta incurrida y se ordena el archivo de la queja.

Se le apercibe que, en cuanto al uso de las redes sociales, deberá ser más cuidadoso y utilizar un lenguaje más apropiado al referirse a sus clientes.

Además, se exhorta al licenciado Casiano Ruiz a que acoja la recomendación que dispone el Canon 24 de Ética Profesional y reduzca a escrito los contratos de servicios profesionales, 4 LPRA Ap. IX.

Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo.

Juan Ernesto Dávila Rivera Secretario del Tribunal Supremo

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