In Re: Alejandro G. Carrasco Castillo
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
2020 TSPR 13
Alejandro G. Carrasco Castillo 203 DPR _____
Número del Caso: TS-8193
Fecha: 24 de enero de 2020
Materia: La suspensión será efectiva una vez advenga final y firme la Resolución conforme la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo sobre reconsideración.
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re
Alejandro G. Carrasco Castillo TS-8193
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 24 de enero de 2020.
Evaluada la Moción en cumplimiento con resolución dictada y notificada 2 de enero de 2020, presentada por el Lcdo. Alejandro G. Carrasco Castillo, se ordena su suspensión provisional del ejercicio de la abogacía y la notaría. Además, ordenamos que nos mantenga informados sobre el estado del proceso penal que obra en su contra en el Tribunal de Distrito Federal de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico en el caso United States of America v. Alejandro Carrasco Castillo, Caso Núm. 3:14-cr-00423. Se le apercibe al señor Carrasco Castillo que, de ser el caso, una vez el foro federal dicte sentencia condenatoria y esta advenga final y firme, procederemos a suspenderlo de manera indefinida de la profesión legal.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo.
José Ignacio Campos Pérez Secretario del Tribunal Supremo
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