Iglesias Saustache v. Calderón Félix

2018 TSPR 154
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedAugust 16, 2018
DocketCC-2016-703
StatusPublished

This text of 2018 TSPR 154 (Iglesias Saustache v. Calderón Félix) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Iglesias Saustache v. Calderón Félix, 2018 TSPR 154 (prsupreme 2018).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Nayda Lucero Iglesias Saustache

Recurrida Certiorari

v. 2018 TSPR 154

Jeanine Calderón Félix 201 DPR ____

Peticionaria

Número del Caso: CC-2016-536

Fecha: 16 de agosto de 2018

Tribunal de Apelaciones:

Región Judicial de San Juan

Abogados de la parte peticionaria:

Lcdo. Edgardo Rodríguez Carde Lcda. Yarymar González Carrasquillo

Abogados de la parte recurrida:

Lcda. Vilma Dapena Rodríguez Lcdo. Juan Forastieri Maldonado Lcdo. Mario Arroyo Maymi Lcda. Moraima Ríos Robles Lcda. Nicole Marie Bustelo Correo

Materia: Adjudicación de beneficios de un plan de retiro regido por la Employee Retirement and Income Security Act (ERISA), cuando el participante del plan contrae segundas nupcias y no revoca el formulario de designación de beneficiario a favor de su primera esposa.

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Recurrida

v. Núm. CC-2016-703 Certiorari

Jeanine Calderón Félix

Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor COLÓN PÉREZ.

En San Juan, Puerto Rico a 16 de agosto de 2018.

En el presente caso nos corresponde determinar

quién tiene derecho a los beneficios de un plan de

retiro regido por la ley federal de Employee

Retirement and Income Security Act de 1974 (ERISA),

cuando el participante del plan contrae segundas

nupcias y no revoca cierto formulario de designación

de beneficiario a favor de su primera esposa.

Adelantamos que, al examinar minuciosa y

detenidamente las disposiciones legales que gobiernan

el asunto, resolvemos que los beneficios del referido

plan de retiro le corresponden a la segunda esposa del

participante. Veamos. CC-2016-703 2

I.

Allá para junio de 1989, la señora Nayda Lucero Iglesias

Saustache (en adelante, “señora Iglesias Saustache”)

contrajo matrimonio con el licenciado Tcherine Andújar

Figueroa (en adelante “licenciado Andújar Figueroa”). Unos

años más tarde, el 8 de diciembre de 1997 para ser

específicos, el licenciado Andújar Figueroa, quien para ese

entonces laboraba en el Bufete Pietrantoni, Méndez & Álvarez

LLP, suscribió un Formulario para designar beneficiarios del

PMA Retirement and Savings Plan (en adelante, “Plan de

Retiro”) y designó a su entonces esposa, la señora Iglesias

Saustache, como beneficiaria del Plan.

Posteriormente, mediante Sentencia de Divorcio del 29

de marzo de 2004, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de

Superior de Bayamón, declaró roto y disuelto el vínculo

matrimonial entre el licenciado Andújar Figueroa y la señora

Iglesias Saustache. Al así hacerlo, y como parte de los

acuerdos llegados entre las partes, el Tribunal de Primera

Instancia aprobó un Acuerdo de División de Bienes (en

adelante, “Acuerdo de División”), en el cual el licenciado

Andújar Figueroa y la señora Iglesias Saustache

distribuyeron los bienes de la extinta sociedad legal de

bienes gananciales.

En cuanto al Plan de Retiro, y en lo pertinente a la

controversia que nos ocupa, el Acuerdo de División establecía

lo siguiente: “PMA Retirement and Savings Plan: El valor

total de la cuenta a nombre de Andújar en este plan se CC-2016-703 3

dividirá en partes iguales. El valor de esta cuenta al 27 de

septiembre de 2004 es $555,604.67”.1

Eventualmente, el 15 de noviembre de 2008 para ser

exactos, el licenciado Andújar Figueroa contrajo matrimonio

con la señora Jeanine Calderón Félix (en adelante, “señora

Calderón Félix”). Siete meses después de contraer matrimonio

con ésta última, entiéndase el 19 de junio de 2009, el

licenciado Andújar Figueroa falleció.

Así pues, la señora Iglesias Saustache solicitó al

administrador del Plan de Retiro, el bufete Pietrantoni,

Méndez & Álvarez LLP, que le entregara la participación que

a ella le correspondía según el Acuerdo de División. El

administrador del Plan de Retiro se negó, por entender que

el Acuerdo no constituía una orden de relaciones domésticas

cualificada que, conforme a la ley ERISA, permitiese que un

ex cónyuge se trate como beneficiario del Plan. Así pues, el

administrador distribuyó los beneficios del Plan de Retiro

a favor de la cónyuge supérstite del participante, la señora

Calderón Félix.

Inconforme con dicho proceder, el 3 de junio de 2011,

la señora Iglesias Saustache, primera esposa del licenciado

Andújar Figueroa, presentó ante el Tribunal de Primera

Instancia de San Juan una demanda por cobro de dinero,

incumplimiento de contrato, daños contractuales, restitución

y reivindicación contra la señora Calderón Félix. En la

misma, la señora Iglesias Saustache reclamó a la señora

1 Véase Apéndice del Certiorari, pág. 64. CC-2016-703 4

Calderón Félix su participación en el Plan de Retiro según

estipulado en el Acuerdo de División.

Una vez comenzados los procesos relacionados al

litigio, durante el descubrimiento de prueba, la señora

Iglesias Saustache advino en conocimiento de que el

licenciado Andújar Figueroa no revocó el formulario para la

designación de beneficiarios que hizo a su favor mientras

estaban casados. Consecuentemente, la señora Iglesias

Saustache enmendó la demanda para reclamar la totalidad de

los beneficios del Plan de Retiro.

Posteriormente, y cónsono con lo anterior, el 14 de

marzo de 2013, la señora Iglesias Saustache presentó una

solicitud de sentencia sumaria en la que alegó que le

correspondía la totalidad de los beneficios que fueron

distribuidos a la señora Calderón Félix, por ser ésta la

beneficiaria designada en el formulario de designación del

Plan de Retiro. A dicha solicitud, la señora Calderón Félix

se opuso y, a su vez, solicitó que se desestimaran las causas

de acción en su contra.

Evaluados los planteamientos de las partes, el Tribunal

de Primera Instancia de San Juan dictó una Sentencia Sumaria

Parcial a favor de la señora Iglesias Saustache. Al así

hacerlo, determinó que ésta última era la beneficiaria de la

totalidad de los beneficios del Plan de Retiro, toda vez que

el licenciado Andújar Figueroa no revocó el formulario para

la designación de beneficiarios que hizo a favor de ésta. CC-2016-703 5

Insatisfecha, la señora Calderón Félix recurrió al

Tribunal de Apelaciones y señaló que el foro primario erró

al concluir que la señora Iglesias Saustache era la

beneficiaria de la totalidad de los fondos del Plan de

Retiro, al no reconocer el Acuerdo de División, pactado entre

ésta y el licenciado Andújar Figueroa. Oportunamente, la

parte recurrida presentó su alegato en oposición.

Luego de examinar ambos alegatos, el foro apelativo

intermedio confirmó la sentencia del Tribunal de Primera

Instancia. En síntesis, el Tribunal de Apelaciones resolvió

que la señora Iglesias Saustache era la acreedora de todos

No conforme con esa decisión, la señora Calderón Félix

recurre ante nos y, bajo fundamentos similares a los

expuestos en el foro primario y apelativo intermedio,

sostiene que el Tribunal de Apelaciones erró al resolver que

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Boggs v. Boggs
520 U.S. 833 (Supreme Court, 1997)
Metropolitan Life Insurance Company v. Tracy Bigelow
283 F.3d 436 (Second Circuit, 2002)
Carmen Mays-Williams v. Asa Williams, Jr.
777 F.3d 1035 (Ninth Circuit, 2015)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
2018 TSPR 154, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/iglesias-saustache-v-calderon-felix-prsupreme-2018.