Guillermety v. Tesorero de Puerto Rico

3 P.R. 308
Supreme Court of Puerto Rico·Decided February 10, 1903·No. No. 3·Published

Opinion

El Juez Asociado Sr. MacLeary,

después de exponer los hechos anteriores, emitió la siguiente opinión del Tribunal;

Aceptando los fundamentos de hecho y de derecho de la •sentencia apelada, y además,

Considerando: que el Tribunal de Distrito de San Juan, [324]*324no ha incurrido en error en la decisión de este caso según se consigna en la sentencia anteriormente inserta por completo en la presente.

Considéremelo: que el Reglamento de la Aduana no tuvo nunca por objeto intervenir en el cobro de las Rentas Insu-lares, y ni podía tener tal efecto, aún cuando hubiese sido ese su propósito, y

Considéremelo: que las decisiones de la Tesorería Insular, tales como se consignan en la referida sentencia, están estric-tamente de acuerdo con las leyes vigentes en aquella época.

Fallamos: que debemos confirmar y confirmamos la sen-tencia dictada por el Tribunal de Distrito de San Juan, en 6 de Junio del año próximo pasado, con las costas á los recurrentes.

Jueces concurrentes: Sres. Presidente, Quiñones, y Aso-ciados, Hernández, Figueras y Sulzbacher.

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Guillermety v. Tesorero de Puerto Rico, 3 P.R. 308 (prsupreme 1903).

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