Guijarro v. Lluberas
Opinion
(Por la Corte, a propuesta del
Vista la moción de la parte apelada para que se desestime el re-curso por frívolo, examinados los alegatos de ambas partes, y resul-tando qne el récord taquigráfico de la vista ante la corte de distrito, [976] presentado por la parte promovente, aun cuando está certificado por el taquígrafo-repórter no aparece que baya sido aprobado por el juez sentenciador, condición necesaria para que pueda ser aeeptado y con-siderado por esta Corte Suprema como un documento auténtico:
PoR TANTO, no estando esta corte en condiciones de poder dicta-minar sobre la alegada frivolidad del recurso, se declara por ahora sin lugar la moción de desestimación.
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50 P.R. Dec. 975 (Guijarro v. Lluberas) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.