González Collazo v. Corte de Distrito de Guayama
40 P.R. Dec. 980
Opinion
No habiendo dado cumplimiento el peticionario de modo persistente a la Regla 69 del Reglamento de esta corte, se anula el auto expedido devolviéndose los procedimientos ele-vados a virtud del mismo a la corte de su origen.
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González Collazo v. Corte de Distrito de Guayama, 40 P.R. Dec. 980 (prsupreme 1930).
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