Gilormini v. Lorenzo

42 P.R. Dec. 1011, 1931 PR Sup. LEXIS 256
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Supreme Court of Puerto Rico·Decided December 24, 1931·No. No. 5662·Published

Opinion

(Por la corte, a propuesta del

Juez Presidente Sr. del Toro.)

Por cuanto, la parte apelada solicitó la desestimación de la apelación interpuesta, basándose en que los autos no con-tenían copia de la sentencia apelada; y

Por cuanto, posteriormente la parte apelante solicitó co-rregir los autos adicionándolos con la copia certificada de la sentencia que faltaba en los mismos, solicitud que fue con-cedida, quedando en efecto adicionada a los autos con la in-dicada copia;

Por tanto, habiendo desaparecido el fundamento de la moción de desestimación, debe declararse y se declara sin lugar.

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Gilormini v. Lorenzo, 42 P.R. Dec. 1011, 1931 PR Sup. LEXIS 256 (prsupreme 1931).

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