García v. De Los Angeles

13 P.R. Dec. 77
Supreme Court of Puerto Rico·Decided June 25, 1907·No. No. 65·Published·Cited by 2 cases

Opinion

El Juez Presidente Sr. Quiñones,

emitió la opinión del tribunal.

En 6 de marzo de 1886 falleció en el inmediato pueblo de Bayamón Don Manuel García Maitín, vecino y -propietario del mismo pueblo, de estado casado, con Doña Beatriz Alós de los Angeles, de la que hubo una hija legitimada por subsi-guiente matrimonio, denominada Doña Beatriz García y Alós.

Don Manuel García Maitín, falleció bajo las disposiciones de un testamento nnncupativo que otorgara en esta Capital, ante el notario de la misma Don Mauricio Guerra Mondragón, [79] en 24 de noviembre ele 1873, y en eLqne instituía herederos de la mitad de sus bienes, á sus legítimos hermanos Don José, Don Angel, Doña Luisa, Doña Dominga y Doña Monserrate García Maitín, y de la otra mitad, á su hija natural reconocida Doña Beatriz; pero, como por su matrimonio con la madre de ■ésta, Doña Beatriz Alós de los Angeles, quedó aquélla legiti-mada de hecho y de derecho, adquiriendo desde entonces el carácter de heredera forzosa de su padre, solicitó con este mo-tivo su madre Doña Beatriz Alós se declarara nulo el testa-mento en cuanto á la institución de herederos, y á su 'hija Doña Beatriz única y universal heredera abintestato de. su difunto padre Don Manuel García Maitín, y así lo declaró el juez de Ia. instancia del distrito de la catedral de esta ciudad, por auto de 6 de junio del mismo año de 1866.

Iniciado pocos meses' después, á solicitücl de la misma-viuda Doña Beatriz Alós de los Angeles, el juicio necesario de testamentaría de su difunto esposo Don Manuel García Maitín, se practicaron simultáneamente el inventario y avalúo de los bienes, ascendiendo’ el caudal inventariado á la suma de 42,718 pesos 50 centavos, distribuidos en la "forma si-guiente : En parte del valor de la casa No. 29 de la calle de San José, de esta ciudad, 8,400 pesos; la hacienda de cañas nombrada “Santa Rosa,” del barrio de Juan Sánchez, de la jurisdicción de Bayamón, compuesta de 800 cuerdas de te-rreno, equivalentes á 314 hectáreas, 40 áreas, con inclusión de los terrenos denominados de San José, que formaban parte de la misma hacienda; una casa alta'y baja de habitación, tres, •casas'de trapiche cobijadas de paja, con sus enseres para la molienda,1 etc., etc., 22,915 pesos; una casa marcada con. el número 75 de la calle de San Sebastián de esta ciudad, 5,000 pesos; el ganado vacuno, 3,457 pesos 50 centavos; 7 caballos, 210 pesos; 8 carretas, 160 peso?; 3 arados, 36 pesos; los mue-bles de la casa mortuoria, 40 pesos; 118 cuerdas equivalentes •á 46 hectáreas, 37 áreas y 40 centiáreas en el “Palmar” y .sitio del “Pastillo,” 2,500 pesos. Total caudal inventariado, 42,718 pesos 50 centavos.

[80] Practicado también el inventario de las dendas ascendieron éstas á la suma de 29,700 pesos 28 centavos, según detalle que se consignó en el inventario; y practicada la cuenta de liqui-dación y partición del caudal, por el partidor Don Francisco N. Peña, en unión de la viuda Doña Beatriz Alós y el curador ad litem que se nombró á la menor heredera Doña Beatriz,, Don Eduardo Bodeyro, de la que resulta que descontados del caudal inventariado ascendente, como ya se ña dicho, á 1a, suma de 42,718 pesos 50 centavos el total montante de las, deudas ascendentes á la suma de 29,700 pesos 28 centavos, quedó un líquido sobrante para la legítima de la heredera. Doña Beatriz García y Alós de 13,018 pesos 22 centavos, y para cuyo pago se le adjudicaron los bienes siguientes: En el total valor de la casa No. 75 de la calle de San Sebastián de esta ciudad 5,000 pesos; en parte del valor de la hacienda “Santa Posa” 7,822 con 22; en el valor d'e las 8 carretas 160’ pesos; los 3 arados, 36 pesos; total 13,018 pesos 22 centavos; adjudicándose los demás bienes inventariados á la viuda Doña Beatriz Alós de los Angeles para el pago de las deudas inven-tariadas. No hubo gananciales.

Aprobada la cuenta de división y partición del caudal, por auto de 4 de febrero de 1887, dictado por él mismo juez de Ia. instancia de la catedral, se protocolaron en el oficio del notario de esta Capital, Don Mauricio Guerra Mondragón, en 3 de junio del mismo año de 1887.

Doña Beatriz García y Alós contrajo luego matrimonio con Don Lorenzo B-uíz Ibarra; y habiendo ocurrido su falle-cimiento, el 28 de septiembre de 1891, sin sucesión y sin haber otorgado disposición testamentaria, solicitó su madre, Doña Beatriz Alós de los Angeles, se la declarara heredera de su difunta hija, y asi lo declaró el juzgado de Ia. instancia de la catedral por auto de 1°. de julio de 1892, “sin perjuicio de tercero y con reserva de la porción legítima correspondiente al viudo Don Lorenzo Ruiz Ibarra, en la forma y cantidad [81] determinadas por el artículo 836 dél Código 'Civil entonces vigente. ’ ’

A la muerte de Doña Beatriz Car cía, no se Rizo inventario ni divisoria de sus bienes, y habiéndole cedido el viudo Don Lorenzo B>uíz Ibarra á Doña Beatriz Alós de los Angeles, las acciones y derechos que le correspondían sobre la herencia de su difunta esposa, en la suma de 8,000 pesos mejicanos,, inscribió á su favor Doña Beatriz Alós en el Registro de la-Propiedad de esta Capital, los bienes que dejara á su falle-cimiento su hija Da. Beatriz García, consistentes en la par-ticipación que le correspondiera por herencia de su padre Doni Manuel García Maitín, en la hacienda “Santa Rosa,” mon-tante á la suma de 7,822 pesos 22 centavos, y la casa No. 75 de la calle de San Sebastián de esta ciudad, que también heredara de su difunto padre Don Manuel.

De los bienes que constituían el caudal relicto al falleci-miento de Don Manuel García Maitín, y que vinieron á poder de su viuda Doña Beatriz Alós de los Angeles, unos, por adju-dicación para pago de las deudas de su difunto marido, y los otros, por herencia de su hija Doña Beatriz García, vendió la madre de ésta, Doña Beatriz Alós de los Angeles, la estancia titulada el “Bastillo” á Don Ramón'Valdés, y la casa No. 75 de la calle de San Sebastián, á Don José Caldas, habiendo arrendado también la hacienda “Santa Rosa” á Don Ignacio Rosales.

En 18 de septiembre de 1904, falleció á su vez en el pueblo de Bayamón Doña Beatriz Alós de los Angeles, viuda de Gar-cía Maitín, bajo testamento, en el cual, entre otras disposi-ciones, instituyó por heredera de una tercera parte de sus bienes, á su madre Doña Beatriz de los Angeles, viuda de Alós, residente en España, y en las otras dos terceras partes, á sus sobrinos menores de edad Da. María, Don Luis y Don Manuel Quijano y Alós, representados por su legítimo padre Don José Quijano y Lasuer.

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García v. De Los Angeles, 13 P.R. Dec. 77 (prsupreme 1907).

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