Fortuño v. Ferreras
Opinion
después de exponer los hechos anteriores, emitió la siguiente opinión del Tribunal:
Aceptando los fundamentos de hecho de la sentencia ape-lada y los de derecho, á excepción del segundo; y
• Considerando: que la única prueba propuesta y practicada á instancia de la demandante, Doña Emilia Fortuño, con-siste en las declaraciones de las dos testigos que dicen haber estado al servicio de los esposos, no es todo lo explícita y circunstanciada que fuera de desearse para que el Tribunal pudiera formar exacto juicio acerca de las verdaderas causas de las disensiones ocurridas entre los esposos, y sobre la frecuencia y gravedad de las mismas, elementos indispensables para poder juzgar con acierto sobre la justicia y legalidad del divorcio que se pretende.
Fallamos: que debemos confirmar y confirmamos la sen-tencia apelada con. las costas á la apelante.
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4 P.R. 404 (Fortuño v. Ferreras) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.