Fonalledas v. Las Monjas Dairy Inc.

57 P.R. Dec. 984, 1940 PR Sup. LEXIS 677
Supreme Court of Puerto Rico·Decided November 7, 1940·No. Núm. 8239·Published

Opinion

(Por la Corte, a propuesta del

Juez Asociado Sr. Wolf.)

Pok cuanto, en un pleito .para obtener un injunction-la Corte de Distrito de San Juan concedió un injunction preliminar en 14 de junio de 1940;

Por Cuanto, en el día 18 de junio la corporación demandada apeló de la resolución así dictada;

Por cuanto, no hubo ninguna prueba en la corte inferior y el récord consiste o consistiría solamente del legajo de sentencia, com-puesto de las alegaciones;

Por cuanto, han transcurrido más de treinta días desde la inter-posición de la apelación;

Por tanto, se declara con lugar la moción presentada para la desestimación de tal apelación.

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Fonalledas v. Las Monjas Dairy Inc., 57 P.R. Dec. 984, 1940 PR Sup. LEXIS 677 (prsupreme 1940).

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