Figueroa v. Panzardi

33 P.R. Dec. 1062, 1924 PR Sup. LEXIS 482
Supreme Court of Puerto Rico·Decided December 24, 1924·No. No. 3350·Published

Opinion

Apareciendo que el único error alegado por el apelante se refiere a la apreciación de la prueba por parte de la corte inferior, cons-tando de la dicha transcripción que la contienda litigiosa versó sobre eb dominio del bien mueble de que se trata, no habiendo demostrado el tercerista su derecho dominical y resultando de la prueba que^el deudor no se desprendió de la posesión de dicho bien mueble, visto el artículo 1764 del Código Civil, se confirma la sentencia apelada.

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Figueroa v. Panzardi, 33 P.R. Dec. 1062, 1924 PR Sup. LEXIS 482 (prsupreme 1924).

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