Feliciano v. Aguilú e Hijos
34 P.R. Dec. 948
Opinion
La corte llega a la conclusión de que no existe el error que se alega en la apreciación de la prueba porque ella es suficiente para sostener la sentencia apelada, y que tampoco cometió error al no permitir que la apelante repreguntara al testigo Maxi-mino Soler sobre los motivos por los cuales no quiso ir a la corte con los testigos de la apelante, por lo cual se confirmó la sentencia apelada.
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Feliciano v. Aguilú e Hijos, 34 P.R. Dec. 948 (prsupreme 1925).
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