Farber Electric & Plumbing Co. v. Professional Realty Corp.
Opinion
Farber Electric and Plumbing Co., Inc., en adelante Farber, contrató con Professional Realty Corporation, en adelante Professional, para llevar a cabo la instala-ción eléctrica de un edificio que estaba construyendo la segunda. Terminadas las obras, Farber demandó a Professional en cobro de cierta cantidad de dinero adeudádale con motivo de dichos trabajos. Professional reconvino.
Las partes estipularon someter a un comisionado especial,, de acuerdo con lo dispuesto en la Regla 53 de las de Enjui-ciamiento Civil de 1943 (Regla 41 de las de 1958) la cuestión para que éste determinara “qué cantidad en efecto se gastó1 en materiales y mano de obra”. El comisionado, señor Waymouth rindió un informe del cual aparece que Professional adeudaba a Farber la cantidad de $45,167.07. Copia-mos del informe lo que el señor Waymouth tituló “Resumen”
“Resumen
De los datos que aparecen en este informe se desprende que el costo total del contrato eléctrico del ‘Professional Building/ fue de $188,514.86, como sigue:
[461] Costo Total Contrato Original Ajustado Trabajos “Extras”
Materiales $85, 745. 94 $17, 373. 85 $68, 372. 09
Mano de Obra 31, 078. 54 4, 343. 46 26, 730. 08
Aumentos en precios 7, 225. 21 7, 225. 21
Adición del 15% y 10% a los materiales 18, 118. 60 18,118. 60
Supervisión y “overhead” 85, 762. 21 8, 072. 32 27, 689. 89
Beneficio 10, 589. 36 10, 589. 36
Totales $188, 514. 86 $47, 604. 20 $140, 910. 66
Ya he mencionado que la Professional Realty Corporation desembolsó, a los fines del contrato que nos ocupa, la suma de $143,347.79. De modo que a base de los datos contenidos en este informe adeudaría la suma de $45,167.07, para llegar al costo total de $188,514.86.
No he incluido beneficio alguno en los trabajos ‘extras’, fuera del beneficio en los materiales, montante a $18,118.60. Aparentemente muy poco capital propio utilizó la demandante en el contrato eléctrico que nos ocupa.
Antes de cerrar, quiero indicarle a su Señoría que en aquellos cómputos para los cuales la evidencia sometida no era del todo completa, traté de hacer dichos cómputos sobre las bases más razonables, a mi manera de ver, para ambas partes.”
El juez de instancia al dictar sentencia declarando con lugar la demanda y sin lugar la reconvención, expresó que:
“El Tribunal por orden de fecha 15 de julio de 1955, dio su aprobación al informe del Special Master Sparrow, Way-mouth & Co. en cuanto a las cantidades precisas desembolsa-das por las partes en la consumación del contrato y cuyo informe hacemos formar en estos momentos parte integrante de nues-tras Conclusiones de Hecho.
Concluimos de la evidencia ante nos, que una vez terminada definitivamente la obra se habían gastado en ella la suma de $188,514.86 y que Professional Realty Corporation había desem-[462] bolsado $143,847.79 (véase pág. 2 del informe Sparrow, Way-mouth & Co.), dejando una diferencia o balance de $45,167.07 para llegar a su costo total.”
Contra la sentencia que la condenó a pagarle a Farber $45,167.07 y los intereses correspondientes, más $3,000 para honorarios de abogado, recurre ante nos Professional.
La controversia en este caso surge con motivo de las alteraciones que a petición de Professional se hicieron en la obra según originalmente convenida. La forma en que debe liquidarse ese trabajo adicional es la cuestión a determinar. Professional sostiene que la forma en que se liquidó repre-senta hacerle pagar dos veces por un mismo concepto. Para sostener su punto alega que las disposiciones de la cláusula 8 del contrato, establece una fórmula para liquidar el trabajo extra y que era esa la forma que debía usarse para deter-minar el valor de ese trabajo. El tribunal de instancia al incorporar en su sentencia el informe completo del comi-sionado señor Waymouth, de hecho compensó el trabajo adicional a base de lo estatuido en la cláusula 8 del contrato, adicionándole además lo establecido en la cláusula 15 de las “Condiciones Generales”. El contrato firmado entre las partes incorporaba en sus disposiciones lo que se conoce como “The General Conditions of the Contract for the Construction of Buildings of American Institute of Architects” pero se disponía que en caso de conflictos entre el contrato en sí y las “Condiciones Generales” que se incorporaban, prevalece-ría el primero.
Sostiene Professional que se le condena a pagar dos veces por un mismo concepto, ya que las cláusulas 8 y 15 son incompatibles, debiendo prevalecer según el contrato, la número 8 del mismo.
La cláusula 8 dispone así:
Footnotes
85 P.R. Dec. 459 (Farber Electric & Plumbing Co. v. Professional Realty Corp.) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.