Ex parte Rosa
This text of 7 P.R. Dec. 593 (Ex parte Rosa) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.
Opinion
despúes de exponer los hechos anteriores, emitió la opinión del Tribunal.
[598]*598Aceptando los fundamentos de hecho de la sentencia ape-lada.
Considerando: que el artículo 395 de la Ley Hipotecaria de esta Isla solo autoriza, para justificar la propiedad de los bienes inmuebles, por el medio supletorio de la información judicial, á los propietarios que carecieren de títulos escritos de dominio, y no encontrándose en este caso la promovente Doña Ana Eosa Cintrón, que según resulta de autos tiene á su disposición las escrituras de propiedad de su difunto es-poso y causante Don Andres Bordonave, sobre parte de- los terrenos que son objeto de la presente información, no pro-cede dictar el auto de aprobación que se pretende.
Visto el artículo citado de la Ley Hipotecaria vigente en esta Isla.
Fallamos que debemos confirmar y confirmamos la sen-tencia apelada, declarando no haber lugar á aprobar la in-formación judicial de dominio promovida por Doña Ana Eosa Cintrón, á quien condenamos en las costas.
Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI
Cite This Page — Counsel Stack
7 P.R. Dec. 593, 1904 PR Sup. LEXIS 330, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/ex-parte-rosa-prsupreme-1904.