Espino v. Frias

7 P.R. Dec. 555, 1904 PR Sup. LEXIS 320
Supreme Court of Puerto Rico·Decided December 19, 1904·No. No. 139·Published·Cited by 1 cases

Opinion

El Juez Asociado, Sr. Figueeas,

después de exponer los hechos anteriores, emitió la siguiente opinión del Tribunal.

Aceptando los fundamentos de hecho y d<* derecho de la sentencia apelada; y

Considerando: que las costas deben imponerse á la parte recurrente.

Vistas: las disposiciones citadas.

Fallamos: que debemos confirmar y confirmamos la sen-tencia que dictó la Corte de Distrito de Humacao en ocho de Octubre de mil novecientos tres, declarando con lugar la de-manda y condenando á Don Ramón Frias Noy a á pagar á Don Faustino Espino Cobian la suma de cuatrocientos diez y nueve dollars cuarenta centavos é intereses legales á contar desde la interposición de la demanda, y condenamos también al apelante Noya al pago de todas las costas.

Jueces concurrentes: Sres. Presidente Quiñones, y Asocia-dos Hernández, MacLeary y Wolf.

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Espino v. Frias, 7 P.R. Dec. 555, 1904 PR Sup. LEXIS 320 (prsupreme 1904).

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