El Pueblo v. Mercado

26 P.R. Dec. 118, 1918 PR Sup. LEXIS 13
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedFebruary 4, 1918
DocketNo. 1070
StatusPublished

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El Pueblo v. Mercado, 26 P.R. Dec. 118, 1918 PR Sup. LEXIS 13 (prsupreme 1918).

Opinion

El Juez Asociado Se. Hutchison,

emitió la opinión del tribunal.

Los apelantes fueron convictos de nn delito de conspira-ción a virtud de acusación formulada por el fiscal porque—

“Los citados Dr. Clemente Mercado y Juan Marcano Santiago, en Caguas, que pertenece al Distrito Judicial de Humacao, allá para el mes do septiembre de 1914, ilegal, voluntaria y maliciosamente conspiraron y se pusieron de acuerdo para engañar y defraudar a la Compañía contra accidentes físicos “El Ancora,” corporación debi-damente incorporada y autorizada para hacer negocios en Puerto Rico, y con tal objeto, el citado Dr. Clemente Mercado médico en el ejercicio de su profesión, allá para el primero de septiembre de 1914 reconoció a un tal Fermín Martínez y certificó que poseía la inte-gridad anatómica y funcional de sus extremidades y que no padecía de afecciones de la vista y gozaba de buena salud general, sabiendo dicho médico que el citado Martínez estaba en muy mal estado de salud y que padecía de tuberculosis, habiendo sido admitido como suscritor en dicha Compañía ‘El Ancora’ el citado Martínez en vir-tud del examen y certificación expedida por el Dr. Clemente Mercado, habiendo efectuado estos actos de acuerdo con Juan Marcano Santiago, para lo cual éste le expidió un pagaré de $200 y el citado Marcano se hizo ceder a su favor la póliza de seguro expedida por la Compañía El Ancora, al Fermín Martínez, el cual falleció tuber-culoso el día 26 de diciembre de 1914, reclamando actualmente el citado Juan Marcano Santiago, por la vía judicial ante la Corte de Distrito de Ponce, a dicha compañía el pago del importe del aseguro ascendente a unos $967.05.”

En favor de Marcano se lia alegado que la corte erró, primero, al declarar sin lugar una moción pidiendo la abso-lución perentoria del acusado presentada al terminarse la prueba del Fiscal por falta de prueba suficiente que justifi-case una convicción por el delito imputado, y segundo, al declarar, convictos a los acusados basándose en el testimonio no corroborado de un cómplice.

En el alegato en favor de Mercado no se lian especificado errores contra la sentencia, pero sigue el mismo curso en términos generales protestando también contra la admisión [120]*120de prueba oral respecto del pagaré que se menciona en la acusación.

El juicio se abrió con una admisión que hiciera la defensa de que el riesgo fué aceptado por la compañía en septiembre de 1914, a virtud del examen y certificado expedido por Mercado y que se describe en la acusación, en el que se contiene un espacio en blanco para “Observaciones,” el cual no ha sido utilizado y destinado para ser llenado por el médico examinador quien debía mencionar cualquier dolencia de me-nor importancia.

Martínez falleció en diciembre y Marcano entabló pleito para el cobro de la póliza como cesionario de Martínez.

Rafael Rivera Dávila, agente local de la compañía en Oaguas, presunto cómplice, fué el tercer testigo llamado a declarar por el Fiscal y a quien se le permitió declarar antes que los testigos que más adelante se mencionan, sin objeción alguna, ora en cuanto al orden de la prueba, ora respecto de la admisibilidad de su declaración como co-conspirador. Aparte de cualquier cuestión sobro renuncia del pretendido derecho en este sentido, y admitiendo quizás innecesaria-mente, para los fines de la argumentación, el pretenso ca- - rácter de este testimonio, en primer lugar nos referiremos brevemente a la prueba - aliunde tendente a establecer el he-cho de una conspiración y de conectar a cada uno de los acu-sados con ella así como en cuanto, ésto corrobora incidental-mente la versión de este testigo.

El abogado Luis Mendin' Sabat, declaró sobre una con-versación que tuvo lugar en la oficina del abogado Carlos D. Buitrag’o, respecto a una protesta que hiciera ante la corte el testigo a nombre y representación de la viuda y hermana de Martínez, impugnando la validez de la cesión de la pólisa a Marcano, en el curso de la cual manifestó Marcano que su negocio era asegurar a personas que estuviesen a punto de morir con el fin de cobrar después la póliza; que él no iba a asegurar a una persona que pudiera vivir mucho tiempo, porque ese no era su negocio; que su negocio era asegurar [121]*121a aquellas personas que estuviesen a punto de morir. Este testigo dice también que se estaba Rabiando precisamente de Martínez, que estaba allí José María Berrios, que esas ma-nifestaciones no fueron hechas en sentido jocoso, y que ésto ocurrió en enero después de la muerte de Martínez ocurrida en diciembre.

José María Berrios, declara que en esta ocasión se dis-cutía la cuestión de la póliza expedida a favor de Fermín Martínez, y cita palabras de Marcano que' exponen que él había hecho ese negocio porque tenía la seguridad de cobrar su dinero pronto, porque sabía que ese hombre estaba en-fermo.

Luis Polo García, dijo que conoció a Fermín Martínez por inás de 25 años. Que nacieron en el mismo pueblo y se criaron en Caguas. Que Fermín Martínez como dos años con anterioridad a su muerte ya presentaba síntomas de en-fermedad, que empezó a adelgazar, se le sentía cierto roncar y una tos. Que allá por el mes de septiembre de 1914 es-taba mal de salud, estaba ronco, tosía mucho, expectoraba y .se quejaba de que era un hombre que no podía andar mucho porque se cansaba. El Dr. Mercado, discutiendo sobre la muerte de Martínez, le dijo al testigo que había examinado a Martínez, que había enviado sus esputos a San Juan y que había recibido un informe negativo. Martínez, dos años antes de su muerte llevaba una canasta de quincallero, después fue decayendo y no podía trabajar pero llevaba encajes y cintas en los brazos. Antes de hacerse quincallero tenía el oficio de barbero y tenía un pequeño cafetín en Caguas y des-pués una tienda. Que antes de tener la tienda él se sentía enfermo, expectoraba, tosía, tosía mucho, dijo que se sentía malo, se veía que estaba demacrado, siguió adelgazando y se quejaba de dolores en el pecho. Que la tienda la tenía en Ca-guas en el mismo sitio donde Marcano tenía su tienda. Mar-tínez 3 o 4 meses antes de su muerte ocurrida en 26 de diciembre estaba más grave, no podía trabajar, ya no había vida, el hombre estaba más débil, más decaído.

[122]*122Carlos Delgado Fragoso también se crió con Martínez en la misma calle y fué vecino snyo durante los dos últimos años de su vida. No solamente lo veía amenudo durante agosto y septiembre de 1914, sino que lo ayudaba. En Caguas se le consideraba como tísico, al menos en su casa, porque le te-nían sus trastos separados, donde comía y cuando salía donde quiera que caía la saliva le echaban orín y gas; que el tes-tigo y Ventura Caraballo un comerciante del lado, hacían ésto, echaban gas donde quiera que dejaba un esputo; que eso lo hacía porque estaba tuberculoso; que un día vino al testigo con un papel pidiéndole que le ayudara a comprar ciertas inyecciones; el declarante le preguntó que quién le había recetado esas inyecciones y le dijo que el Dr. Mercado; el declarante leyó el papel y eran inyecciones de cacodilato de soda y entonces el declarante fué a casa de Juan Mendoza y le mandó a despachar las inyecciones. Luego, al poco tiempo, un día le. dijo que se encontraba mal, y que quería ingresar en el hospital municipal y el declarante le llevó al Dr. Buitrago, quien lo examinó (dando los detalles del exa-men.) El tosía mucho, estaba muy fañoso, ronco. Que dos días después de la muerte de Martínez el declarante vió al Sr.

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