El Pueblo v. Aparicio
32 P.R. Dec. 953, 1923 PR Sup. LEXIS 652
Opinion
Celebrada la vista con la sola asistencia del fiscal, examinados los autos y los alegatos y apareciendo que el único error que se señala es que el veredicto no está sostenido por la prueba, habién-dola examinado el tribunal y encontrado que es suficiente, se declara sin lugar el recurso. Confirmada.
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El Pueblo v. Aparicio, 32 P.R. Dec. 953, 1923 PR Sup. LEXIS 652 (prsupreme 1923).
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