Díaz v. Carrel

17 P.R. Dec. 957, 1911 PR Sup. LEXIS 481
Supreme Court of Puerto Rico·Decided October 12, 1911·No. No. 139·Published

Opinion

RESOLUCIÓN.

No expresándose en la petición jurada acto alguno, con-creto y determinado que esté en la obligación de ejecutar el Secretario de Puerto Rico, y no apareciendo de la petición razón alguna especial por la cual deba actuar originariamente la Corte Suprema en este caso.

Yista la ley estableciendo el auto de mandamus, apro-bada en 12 de marzo de 1903, y las resoluciones dictadas por esta Corte Suprema en los casos La Liga de Propietarios v. El Ayuntamiento de San Juan, decidido el 12 de febrero de 1908; Santiago R. Palmer v. Gabriel Guerra, 18 de diciembre de 1905, y Quintín Negrón Sanjurjo v. El Supervisor de Elecciones, 5 de noviembre de 1906.

Se deniega el mandamus solicitado.

Desestimada la solicitud.

Jueces concurrentes: Sres. Presidente Hernández y Aso-ciados MacLeary, Wolf, del Toro y Aldrey.

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Díaz v. Carrel, 17 P.R. Dec. 957, 1911 PR Sup. LEXIS 481 (prsupreme 1911).

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