Del Toro v. Arambarry
Opinion
después de exponer-los becbos anteriores, emitió la opinión del Tribunal.
Aceptando los fundamentos de becbo de la sentencia ape-lada y las tres primeras consideraciones de derecho.
Considerando: que contra la sentencia de la Corte de Dis-trito de Arecibo, en cuanto ordena se entiendan las costas sin especial condenación, no ba interpuesto recurso de apelación-la parte demandante, ni tampoco sobre este punto se ba ad-herido al interpuesto por los demandados, debiendo por tanto-quedar subsistente aquel pronunciamiento por ministerio de-la ley.
Fallamos: que debemos confirmar y confirmamos la sen-[136]*136tencia que dictó el Tribunal de Distrito de Arecibo en veinte y nueve de Julio del año próximo pasado, con las costas del recurso á cargo de los apelantes; y devuélvanse los autos á dicho Tribunal con la certificación correspondiente.
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6 P.R. 126 (Del Toro v. Arambarry) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.