Davalos Guizan, Jose Juan v. Orraca Lopez, Jancelle M

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided November 21, 2024·No. KLAN202400943·Published

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IX

JOSÉ JUAN DÁVALOS Apelación GUIZAN procedente del Tribunal de Primera Apelante Instancia, Sala de San Juan v. KLAN202400943 Caso Núm.: JANCELLE MARIE SJ2024RF00077 ORRACA LÓPEZ Sobre: Divorcio Apelada Ruptura Irreparable

Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Casillas, el Juez Marrero Guerrero y el Juez Campos Pérez

Campos Pérez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de noviembre de 2024.

El 15 de noviembre de 2024, la parte demandante y apelante,

Sr. José Juan Dávalos Guizan, por conducto de su representación

legal, presentó el escrito judicial intitulado Desistimiento. En éste,

expresó su interés de desistir la continuación del recurso de

apelación presentado el 18 de octubre de 2024 ante este foro

intermedio. Atendida la petición, declaramos la misma con lugar, al

amparo de la Regla 83 (A) del Reglamento del Tribunal de

Apelaciones, 4 LPRA Ap. XXII-B, R. 83 (A). En consecuencia,

ordenamos el cierre y archivo del caso.

Lo acordó y manda el Tribunal, y lo certifica la Secretaria del

Tribunal de Apelaciones.

Lcda. Lilia M. Oquendo Solís Secretaria del Tribunal de Apelaciones

Número Identificador

SEN2024________________

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Davalos Guizan, Jose Juan v. Orraca Lopez, Jancelle M, (prapp 2024).

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