Crescioni Belgodere v. Secretario de Hacienda
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
La cuestión envuelta en este caso es si el contribuyente tenía derecho a deducir de su planilla de contribución sobre ingresos de 1948 una alegada pérdida de $1,400 como resul-tado de un choque sufrido por su automóvil. El- Tesorero rechazó esta pérdida y le notificó al contribuyente una defi-ciencia en relación con la misma. Luego de un juicio en los méritos, el Tribunal Superior dictó sentencia admitiendo la pérdida pero reduciéndola a $1,100. El Tesorero ha apelado contra esta sentencia.
Francisco Crescioni Belgodere, el contribuyente, fué el único testigo durante el juicio. Su declaración fué imprecisa en algunos aspectos, pero no existe controversia en cuanto a los hechos sobre los cuales declaró. En junio de 1948 Crescioni compró un Cadillac usado por la suma de $2,400. Más tarde durante ese mismo año y en una fecha que el testigo no pudo recordar, el automóvil, que no estaba asegurado, fué chocado por una guagüita manejada por una persona insol-[609] vente, de la cual Crescioni recibió la cantidad de $150 como pago parcial de los daños que le ocasionó a su automóvil. El testigo no recordaba la suma que él gastó en la repara-ción del Cadillac después de chocado. En diciembre de 1948 el contribuyente, que siguió usando el automóvil después de éste ser reparado, lo vendió por $1,000.
Footnotes
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78 P.R. Dec. 607 (Crescioni Belgodere v. Secretario de Hacienda) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.