Colon Lopez, Abraham v. Ortiz Ortiz, Odemaris

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided February 4, 2025·No. KLCE202500030·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VI

ABRAHAM COLÓN LÓPEZ CERTIORARI procedente del Recurrido Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de v. KLCE202500030 Bayamón, Sala de Relaciones de Familia y Asuntos ODEMARIS ORTIZ ORTIZ de Menores

Peticionaria Caso número: D CU2012-0254

Sobre: Custodia

Panel integrado por su presidenta, la jueza Ortiz Flores, la juez Aldebol Mora y la jueza Boria Vizcarrondo.

Aldebol Mora, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 4 de febrero de 2025.

Examinado el Certiorari instado por la parte peticionaria,

Odemaris Ortiz Ortiz, el 10 de enero de 2025, y transcurrido mayor

término a lo concedido sin que el recurrido haya acreditado escrito

alguno ante esta Curia, procedemos a resolver sin el beneficio de su

comparecencia:

Luego de un estudio sosegado del expediente ante nos,

procede abstenernos de ejercer nuestra función revisora, por lo que

denegamos la expedición del auto de certiorari. Véase, Regla 52.1 de

Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 52.1, y Regla 40 del

Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 LPRA Ap. XXII-B, R. 40.

Lo acordó y manda el Tribunal, y lo certifica la Secretaria del

Tribunal de Apelaciones.

Lcda. Lilia M. Oquendo Solís Secretaria del Tribunal de Apelaciones

Número Identificador RES2025 _______________

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Colon Lopez, Abraham v. Ortiz Ortiz, Odemaris, (prapp 2025).

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