Carreras v. Pérez

38 P.R. Dec. 1050
Supreme Court of Puerto Rico·Decided December 3, 1928·No. Nos. 4542-4543·Published

Opinion

No-estando convencido el tribunal de la falta de buena fe impu-tada a los apelantes en la moción para desestimar; no de-mostrándose que la corte sentenciadora abusara de su discre-ción en la concesión de prórrogas, y no encontrando una falta de diligencia en la prosecución del recurso que justifique la desestimación, se declara sin lugar la moción para desestimar.

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Carreras v. Pérez, 38 P.R. Dec. 1050 (prsupreme 1928).

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