Cabanilla v. Cabanilla
34 P.R. Dec. 929, 1925 PR Sup. LEXIS 356
Opinion
Atendidas las circuns-tancias que concurren, se eliminan las dos partidas de $1 cada una por notificaciones de la excepción previa y del me-morándum que fueron impugnadas y no probadas y se reduce la partida de honorarios de abogado a trescientos dol[930] lars ($300) por estimar excesiva la de $500 concedida y así .modificada se confirma la résoinción apelada.
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Cabanilla v. Cabanilla, 34 P.R. Dec. 929, 1925 PR Sup. LEXIS 356 (prsupreme 1925).
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