Busigó v. Padró
31 P.R. Dec. 953, 1923 PR Sup. LEXIS 375
Opinion
Considerada la moción de desestimación presentada por el apelado y la certificación que se acompaña y no habiéndose presentado la exposición del caso ni radicado la transcripción del récord, se declara con lugar y se desestima la apelación.
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Busigó v. Padró, 31 P.R. Dec. 953, 1923 PR Sup. LEXIS 375 (prsupreme 1923).
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