Borrás v. Ramis

32 P.R. Dec. 951, 1923 PR Sup. LEXIS 646
Supreme Court of Puerto Rico·Decided November 15, 1923·No. No. 2433·Published

Opinion

Desistido a instancia de los apelantes y del apelado Solano Mendoza, en lo que afecta a los mismos solamente, considerando firme [952]*952y ejecutiva la sentencia apelada en cuanto a las fincas que se describen en los números 4 y 5 en el párrafo 6 de la de-manda enmendada, poseídas por dicho demandado; debiendo continuar el recurso y los procedimientos del litigio contra los otros demandados y las demás fincas.

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Borrás v. Ramis, 32 P.R. Dec. 951, 1923 PR Sup. LEXIS 646 (prsupreme 1923).

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