Bennett v. Boschetti

31 P.R. Dec. 855, 1923 PR Sup. LEXIS 355
Supreme Court of Puerto Rico·Decided May 12, 1923·No. No. 2804·Published·Cited by 8 cases

Opinion

El Juez Asociado Se. Wiolf,

emitió la opinión del tribunal.

El demandado y apelante se queja de una sentencia ba-sada en las alegaciones y alega haberse cometido varios erro-res.

En el primer señalamiento ataca el apelante la suficiencia de la demanda. Alegar que un demandado suscribió y en-tregó a la orden del demandante un pagaré, trancribir dicho pagaré en la demanda y alegar la omisión del demandado en pagar su importe a su vencimiento, como ocurre aquí, es ge-neralmente la exposición suficiente de una causa de acción. La principal cuestión que levanta el apelante parece ser la de qtie había dos otorgantes y que en la demanda no se fija la responsabilidad de cada uno de ellos. Esto podría afectar al derecho de dictar sentencia solidariamente contra los dos de-mandados, pero no anularía el derecho de acción de la deman-dante contra los demandados mancomunadamente. Discuti-remos esta cuestión más ámpliamente al revisar otro seña-lamiento de error.

El segundo señalamiento de error es el que ha originado la mayor dificultad y esto es debido a la aparente jurispru-dencia de California al efecto de que no puede dictarse una [857] sentencia sobre las alegaciones cuando en la contestación se niegan las alegaciones esenciales de la demanda, aun cuando dicha contestación alegue una defensa especial expuesta se-paradamente y en la que se admiten las alegaciones ante-riormente negadas. Botto v. Vandament, 67 Cal. 332 y casos u otras declaraciones semejantes, 3 Estee’s Pleading 196, Hicks v. Lovell, 64 Cal. 17, McDonald v. So. Cal. Railway Co., 35 Pac. 643; Miels v. Woodward, 46 Pac. 1077; Dibble v. Reliance Ins. Co., 149 Pac. 171. No pretenderemos analizar estos casos en detalle. Los casos abarcan claramente la pro-posición de que pueden alegarse defensas inconsistentes, aun cuando estén jurados los hechos, pero no estamos satisfechos de que dichos casos llegan al punto de decir que una contes-tación, aun cuando sea especial, que alega bajo juramento y de este modo admite todas las alegaciones anteriormente negadas pueda impedir que se dicte una sentencia sobre las alegaciones. No creemos que estaríamos dispuestos a seguir a California hasta ese extremo, y otros Estados que tienen estatutos más o menos semejantes al nuestro adoptan un cri-terio diferente del de California.

En el caso de Bowers v. Good, 100 (Wash.) Pac. 848, se excluyen de las defensas inconsistentes los casos donde hay únicamente una inconsistencia aparente o lógica. Expresa el sumario, y la práctica de ese Estado parece ser, que sólo han de ser consideradas inconsistentes las defensas “ cuando una serie de hechos contradice a la otra.” Se citan otros casos de ese Estado.

. La Corte Suprema de Montana, en el caso de Johnson v. Butte & Superior Co., 108 Pac. 1059, se expresa como sigue: “Esta corte ha reconocido el derecho del demandado a in-terponer defensas inconsistentes, etc., pero nunca ha lle-gado al punto de decir que tales defensas pueden llegar a ser tan inconsistentes que si las alegaciones de una son ciertas las alegaciones-de la otra deben por necesidad ser falsas.” Y también al hablar de ser necesarias las alegaciones jura-[858] das, “pero al permitirse a un demandado consignar en su contestación tantas defensas Como tiene, nunca se intentó san-cionar o favorecer el perjurio.” La corte citó con aproba-ción la regla de que el demandado puede alegar defensas in-consistentes con tal que no fueran tan incompatibles que ne-cesariamente conviertan a una u otra en absolutamente fal-sas y explicaba lo que ban debido tener presente Pomeroy y Elliot, o sea, los Estados donde no se requiere que las ale-gaciones sean juradas. “Nos parece que es el colmo de lo absurdo decir que la admisión casual becba por un deman-dado en la calle pueda presentarse como prueba contra él, pero que su solemne admisión becba deliberadamente y bajo juramento, en una alegación que requiere la exposición ver-dadera de los hechos no puede ser utilizada en su contra.” La misma corte insistió en estas distinciones en el caso de O’Donell v. City of Butte, 119 P. 283.

Semejante razonamiento puede hallarse en el caso de Oregon, Peters & Roberts Furniture Co., v. Queen City Fire Ins. Co., 126 Pac. 1006, y una explicación del conflicto aparente puede verse en la nota detallada del caso de Seattle National Bank v. Jones (Wash.) 48 L. R. A. 207. La inconsistencia debe ser una de becbo y no meramente porque las defensas tal vez no pueden coexistir.

Con estos antecedentes examinemos la demanda y la con-testación. Son como sigue:

“1. Que la demandante es mayor de edad, casada con Edwin K. Bennett, sin profesión especial, vecina de esta ciudad de San Juan, y los demandados son mayores de edad, y capaces de deman-dar y ser demandados.
“2. Que allá.por el día 6 de diciembre de 1917, los demandados suscribieron y entregaron a la demandante entonces soltera, por valor, un pagaré que copiado literalmente dice así:
‘$1750.00 — San Juan, Dec. 6tli., 1917. — Six months after date, we promise to pay to the order of Mary E. Edict, One thousand seven hundred & fifty Dollars at Banco Territorial y Agrícola [859] 'Value received with, interest at 10%. (Fdo.) C. Boschetti. (Fdo.) II. Boschetti.’
“3. Que la demandante al veneer dicho documento, lo presentó a los demandados y les requirió a su pago, pero los demandados se negaron y se niegan pagar su importe ni ninguna parte de ello.
“4. Que los intereses correspondientes desde el día 6 de diciem-bre de 1917, hasta la fecha de esta demanda alcanza hasta $611.68.
“OontbstaciÓN. — Primero: Que admite ser mayor de edad, con capacidad para demandar y ser demandado; admite asimismo que la demandante es mayor de edad, casada con Edwin K. Bennett, y niega todos los. demás hechos alegados en el hecho 1 de la de-manda.
“Segundo: Que admite haber suscrito en unión al otro deman-dado, un pagaré por la cantidad alegada, a favor de la demandante, niega que la entrega de dicho pagaré lo hiciera este demandado por valor, y niega asimismo, por carecer de información y creencia suficientes que la copia literal del pagaré en cuestión, sea la que aparece transcrita en el hecho 2 de la demanda.
“Tercero: Que niega que la demandante al vencer dicho pa-garé le presentara o requiriera a su pago; niega’ que en época al-guna este demandado se haya negado a pagar su importe o alguna parte del pagaré en cuestión, negando por información y creencia las demás alegaciones del hecho 3 de la demanda.
“Cuarto: Que niega que los intereses correspondientes desde el 6 de diciembre de 1917, hasta el día de la fecha de la demanda sea la cantidad alegada en el hecho 4 de la demanda.
“Y alega el demandado como primera defensa afirmativa que allá por el año 1917, el padre de la demandante, Samuel D. Ediclc, y el hijo de este demandado, el otro demandado en este pleito, Helvetio Boschetti, estaban trabajando en sociedad, y tenían un negocio que giraba bajo la razón social de S. E. Edick & Co.

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Bennett v. Boschetti, 31 P.R. Dec. 855, 1923 PR Sup. LEXIS 355 (prsupreme 1923).

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