Beiró v. Bonar
This text of 42 P.R. Dec. 1007 (Beiró v. Bonar) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.
Opinion
(Por la corte, a propuesta del
Por cuanto, dictada sentencia en este caso fué apelada el lp de mayo último, habiendo concedido la corte senten-ciadora el 9 de dicho mes el término de veinte días para que el taquígrafo preparara la transcripción de la evidencia;
Por cuanto, ese término venció sin haber sido prorro-gado, por lo que el apelado solicitó el 3 de junio que deses-timáramos la apelación;
Por cuanto, la parte apelante admite que la desestima-ción sería procedente pero solicita que le concedamos un nuevo término para preparar la transcripción de la eviden-cia;
Por cuanto, la parte apelante pagó los derechos del ta-quígrafo y éste comenzó su trabajo en seguida pero no pudo terminarlo por haber enfermado, habiendo ofrecido a uno de los abogados de la parte que presentaría una petición de prórroga a la corte, y - la redactó el 28 de mayo, y siendo festivos el 30 y 31 de ese mes, se dió cuenta el l9 de junio de que no la había presentado y en ese día la radicó aunque fuera del término, que vencía el 29 de mayo;
[1008]*1008Poe cuanto, el abogado del apelante alega que su cliente tiene una buena defensa en apelación;
PoR tanto, se concede al apelante un nuevo término de veinte días para que el taquígrafo presente en la corte inferior la transcripción de la evidencia y en consecuencia se niega la desestimación solicitada.
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42 P.R. Dec. 1007, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/beiro-v-bonar-prsupreme-1931.