Banco Desarrollo Economico Para Pr v. Garnet Capital Advisors LLC

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided November 7, 2024·No. KLCE202400916·Published

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

CERTIORARI

BANCO DE DESARROLLO procedente del ECONÓMICO PARA Tribunal de PUERTO RICO Primera Instancia, Sala Superior de

Peticionaria San Juan KLCE202400916

vs. Caso Núm.:

SJ2019CV11697

GARNET CAPITAL ADVISORS LLC Y OTROS Sobre:

Acción de Nulidad

Recurridos Contractual

Panel integrado por su presidente, el Juez Bonilla Ortiz, la Jueza Álvarez Esnard y la Jueza Martínez Cordero1 .

Bonilla Ortiz, Juez Ponente RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 7 de noviembre de 2024.

Comparece ante este foro R&D Master Enterprises, Inc. (R&D Master), Pro Pave Corp., Matrix Transport, Inc., la Sra. María Magdalena Díaz Vila, el Sr. José Rovira González y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos (“la parte peticionaria”), y nos solicitan que revisemos una Resolución, emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, notificada el 22 de julio de 2024. Mediante esta, el foro primario declaró No Ha Lugar a la Urgente Moción de Intervención, como Cuestión de Derecho Bajo la Regla 21.1 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico. En consecuencia, ordenó a R&D Master y su abogado, el Lcdo. Lamoutte Navas (licenciado Lamoutte), a pagar los honorarios de abogado que Garnet Capital Advisors LLC (Garnet), PR Recovery and Development REO LLC, PR

1 Véase Orden Administrativa OATA-2023-001 del 9 de enero de 2023, en la que se asigna el presente recurso a la Hon. Beatriz M. Martínez Cordero en sustitución de la Hon. Olga E. Birriel Cardona.

Número Identificador RES2024 ______________

Recovery and Development JV LLC (PR Recovery) y Parliament Capital Management LLC (Parliament), (“la parte recurrida”), incurrieron al oponerse a la solicitud de intervención.

Por los fundamentos que se exponen a continuación, DENEGAMOS el recurso de Certiorari de epígrafe.

I.

El 7 de noviembre de 2019, el Banco de Desarrollo Económico (Banco) presentó una Demanda sobre sentencia declaratoria, nulidad de contrato, restitución de prestación y daños en contra de Garnet, PR Recovery y Parliament.

Tras varios trámites procesales los cuales no son necesarios pormenorizar, el 20 de mayo de 2024, la parte peticionaria presentó una Urgente Moción de Intervención, como Cuestión de Derecho Bajo la Regla 21.1 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico.2 En esencia, adujo que era deudor del Loan Sale Agreement, el cual fue cedido por el Banco a PR Recovery. Sostuvo que sus derechos podían verse afectados por la determinación que tomara el Tribunal sobre la validez de dicha cesión. De igual forma, señaló que en el pleito civil R&D Master Enterprises, y otros v. Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico y otros, alfanumérico SJ2020CV04491, el foro primario determinó que la determinación sobre validez o nulidad de la cesión del Loan Sale Agreement le correspondía a la Junta de Supervisión Fiscal (Junta), quien no era parte en dicho pleito, ni en el pleito de epígrafe.

2 Urgente Moción de Intervención, como Cuestión de Derecho Bajo la Regla 21.1 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico, Anejo II, págs. 15-18 del apéndice del recurso.

Por todo lo anterior, solicitó que autorizara su intervención, toda vez que se verían afectados por la disposición final del pleito. Asimismo, solicitó se declarara la nulidad del Loan Sale Agreement, ya que la Junta no había completado su proceso administrativo de revisar y aprobar el Loan Sale Agreement, conforme a la política de revisión de contratos.

En desacuerdo, el 10 de junio de 2024, PR Recovery, presentó su Oposición de Recovery a la Quinta y Sexta Moción de Intervención Presentadas por el Licenciado Lamoutte.3 Planteó que, era la sexta ocasión que la parte peticionaria solicitaba interferir en los procedimientos del caso. Resaltó, que los intentos por intervenir habían sido declarados sin lugar. A su vez, argumentó que la parte peticionaria incumplió con la Regla 21.4 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R.21.4, toda vez que no expuso las razonas que justificaban su intervención. Tampoco incluyeron las alegaciones en las que fundamentaban su intervención.

De otra parte, esbozó que la parte peticionaria no era parte del contrato, por lo que no tenían legitimación para solicitar su nulidad. Enfatizó que, el resultado de este pleito no iba a afectar los términos de sus deudas, ni tendría efecto sobre su obligación de repago. Por tanto, razonó que, si el Banco era el acreedor legítimo, le correspondería a PR Recovery remitirle al Banco los pagos recibidos por la parte peticionaria.

A su vez, alegó que los presuntos interventores no tenían legitimación activa para reclamar la nulidad del Loan Sale Agreement entre el Bando y PR Recovery, porque

3 Oposición de Recovery a la Quinta y Sexta Moción de Intervención Presentadas por el Licenciado Lamoutte, Anejo III, págs. 19-38 del apéndice del recurso.

los créditos podían ser cedidos sin el consentimiento del deudor. Además, arguyó que la parte peticionaria no podía establecer que iban a sufrir un daño a causa de la cesión del Loan Sale Agreement. Por último, expuso que los argumentos de la parte peticionaria estaban dirigidos a reclamar remedios en contra de la Junta. Por todo lo anterior, solicitó que le impusieran sanciones a la parte peticionaria y al licenciado Lamoutte, toda vez que, continuaban insistiendo en solicitar un remedio al que no tenían derecho y, que este Tribunal le negó en múltiples ocasiones. Enfatizó que, la parte peticionaria provocó que incurriese en gastos innecesarios para oponerse a mociones que eran frívolas y que tenían el propósito de hostigar y causar inconvenientes a las partes y al Tribunal.

En la misma fecha, a saber, el 10 junio de 2024, Garnet presentó su Oposición de Garnet a Soicitudes de Intervención en la cual reiteró los planteamientos de la moción en Oposición de Recovery a la Quinta y Sexta Moción de Intervención Presentadas por el Licenciado Lamoutte que presentó PR Recovery and Development, REO, LLC y PR Recovery and Development, JV, LLC.4 Añadió, que las alegaciones sin fundamento de la solicitud de intervención reflejaban un claro menosprecio por las órdenes del Tribunal. Así pues, solicitó la imposición de honorarios a R&D Master y el licenciado Lamoutte.

Por último, el 10 de junio de 2024, Parliament presentó su Oposición de Parliament a Solicitud de Intervención en la cual acogió los planteamientos de las

4 Oposición de Garnet a Soicitudes de Intervención, Anejo IV, págs. 39-44 del apéndice del recurso.

mociones presentadas por PR Recovery y Garnet.5 En virtud de lo anterior, solicitó la imposición de sanciones por una suma no menor de $10,000.00 a la parte peticionaria y su abogado.6 Evaluadas las mociones y argumentos de las partes, el 22 de julio de 2024, el foro primario notificó la Resolución recurrida en la cual declaró No Ha Lugar a la solicitud de intervención que presentó la parte peticionaria.7 En esencia, el foro primario determinó que los presuntos interventores incumplieron con la Regla 21.4 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 21.4, ya que no incluyeron las alegaciones en que se fundamentaban sus reclamos. Por tanto, resolvió que no estaba en posición de evaluar dicha solicitud y permitir la intervención. De igual forma, concluyó que los presuntos interventores no eran partes del Loan Sale Agreement, por lo que no tenían legitimación activa en el pleito. Particularmente, enfatizó que los derechos, ni obligaciones de repagar sus deudas se verían afectadas por la cesión de los préstamos a PR Recovery.

De otra parte, el foro primario enfatizó que era la séptima (7) ocasión que el licenciado Lamoutte había solicitado intervención en el pleito. Sin embargo, explicó que este continuó presentando mociones por los mismos argumentos que ya habían sido rechazados en múltiples ocasiones. Ello, forzando a las otras partes a presentar sus oposiciones. Asimismo, resaltó

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Banco Desarrollo Economico Para Pr v. Garnet Capital Advisors LLC, (prapp 2024).

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