Banco Comercial de Puerto Rico v. González

35 P.R. Dec. 1062
Supreme Court of Puerto Rico·Decided April 26, 1926·No. Nos. 3880 y 3887·Published

Opinion

Por cuaNto, en el juicio, el demandante presentó un pa-garé cuya autenticidad y otorgamiento fueron admitidos ya que no se negó su existencia bajo juramento, como exige el artículo 119 del Código de Enjuiciamiento Civil;

Por cuanto, la presentación en un juicio de un pagaré cuya autenticidad y otorgamiento son admitidos establece un caso prima facie en favor del demandante. Banco Comercial v. Rodrígues, 20 D.P.R. 282; Cochón v. Correa, 32 D.P.R. 734.

Por cuanto, los demandados no presentaron prueba y se dictó sentencia contra ellos.

Por tanto, la apelación es frívola y por la présente se desestima la moción del apelado.

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Banco Comercial de Puerto Rico v. González, 35 P.R. Dec. 1062 (prsupreme 1926).

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