Arbona Hermanos v. Pabón & Ramírez

23 P.R. Dec. 676
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedApril 4, 1916
DocketNo. 1380
StatusPublished
Cited by1 cases

This text of 23 P.R. Dec. 676 (Arbona Hermanos v. Pabón & Ramírez) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

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Arbona Hermanos v. Pabón & Ramírez, 23 P.R. Dec. 676 (prsupreme 1916).

Opinion

El Juez Asociado Sr. Wolf,

emitió la opinión del tribunal.

En 26 de abril de 1915, la sociedad mercantil Arbona Hermanos radicó en la Corte de Distrito de Ponce nna de-manda contra Pabón & Ramírez en cobro de dinero, y apa-rentemente en la misma fecba obtuvo nna orden de embargo para asegurar la efectividad de la sentencia. Esta última mercantil fué citada debidamente pero dejó de comparecer y se registró sentencia en rebeldía contra la misma en 26 de mayo, 1915, condenándola a pagar la suma de $772.92. Con anterioridad a ese día, o sea, en 7 de mayo, 1915, la mercan-til demandante, alegando que entre los bienes embargados se encontraban algunos que eran fungibles, obtuvo otra orden para la venta de dichos bienes en pública subasta. De con-formidad con esta última orden, hacia fines de mayo de dicho año, vendió el marshal los bienes en pública subasta por la suma de $1,000, y depositó su importe pocos días después en la Corte de Distrito de Ponce, donde según inferimos de los autos todavía se encuentran.

En mayo 26, 1915, o sea el mismo día en que fué dictada la sentencia en rebeldía, fué declarada en quiebra la mer-cantil Pabón & Ramírez por la Corte de Distrito de los Esta-dos Unidos para Puerto Rico, Sección de M'ayagüez, habién-dose presentado la petición de quiebra en 6 de mayo, 1915. En los procedimientos de quiebra tuvieron una reunión los acreedores ante José Benet, árbitro en la quiebra, y como consecuencia de dicha reunión, fué' nombrado Thomas Boothby, Jr., síndico (trustee) de la quiebra. El referido Thomas Boothby, Jr., compareció en 15 de junio, 1915, ante la Corte de Distrito de Ponce, alegando entre otras cosas, qne la sentencia dictada por dicha corte contra la mercan-til Pabón & Ramírez podría ejecutarse en 26 de junio y suplicó a la corte que fueran paralizados los procedimientos, [678]*678fundando su. petición en varios artícnlos de la Ley Federal de Quiebras, que luego discutiremos.

En 15 de junio, 1915, la Corte de Distrito de Ponce dictó una orden paralizando los procedimientos. En julio 2, 1915, compareció nuevamente dicho síndico (trustee) en la Corte de Distrito de Ponce y pidió a la corte que los $1,000, importe de la venta en pública subasta y los demás bienes embarga-dos y no vendidos fueran pasados a poder suyo. En 19 de julio, 1915, la corte dictó una orden accediendo a lo soli-citado por el síndico, y en 20 de julio, 1915, fué interpuesta apelación contra la referida orden. Puede que tenga alguna ligera relación con el caso el no haberse interpuesto apela-ción contra la orden paralizando los procedimientos del caso.

Evidentemente que el síndico actuaba bajo la creencia de que cualquier, preferencia obtenida por un acreedor den-tro de los cuatro meses anteriores a la presentación de la petición de quiebra era nula o podía ser anulada por virtud del artículo 67, c o /, de la. Ley Federal de Quiebras. El apelante sostiene, sin embargo, que de acuerdo con esa ley es necesario probar que el deudor era insolvente en la fecha de la supuesta preferencia, y que el acreedor .tenía motivo razonable para creer que dicho deudor era insolvente.

El párrafo. 3V de la Ley de Quiebras prescribe lo si-guiente: ...

“Párrafo-:3. — Actos de quiebra. — a. Los actos de quiebra por parte de. una persona consistirán en (1) haber vendido, traspasado, ocultado o hacer desaparecer o permitido que se oculte o desaparezca cualquier parte de sus bienes con la intención de impedir, demorar ó defraudar a sus acreedores, o a cualquiera de ellos;- o (2) haber traspasado, mientras es insolvente, cualquier parte de sus bienes a uno o más de sus acreedores con la intención de dar preferencia a tales acreedores, sobre sus otros acreedores; o (3) haber tolerado o permitido mientras es insolvente, que cualquier acreedor obtenga pre-ferencia mediante procedimientos legales y no haber anulado o de-jado sin efecto dicha preferencia por lo menos cinco días antes de una venta o adjudicación definitiva' de • cualquiera bienes que estén afectados por tal preferencia; o (4). haber hecho una cesión general [679]*679para beneficio de sus acreedores, o siendo. insolvente, haber pedido el nombramiento de un síndico o trustee para sus bienes, o porque debido a la insolvencia ha sido encargado un síndico o trustee de sus bienes, de acuerdo con las leyes de un Estado, Territorio, o de los Estados Unidos; o (5) baber reconocido por escrito su incapacidad para pagar las deudas y su deseo de que se le declare en quiebra por tal razón. (Enmienda de 1903, subrayada.)
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“c. Será una completa defensa en cualesquiera procedimientos de quiebra de acuerdo con el primer apartado de este artículo el que se alegue y pruebe que la persona contra quien se siguen los procedimientos no era insolvente, como se definé en esta ley, a la fecba de presentar la petición contra la misma, y si se prueba su solvencia en esa feebá por el supuesto quebrado, -serán desestimados los procedimientos, y bajo dicbo párrafo primero la obligación de probar la solvencia incumbe al supuesto quebrado.”

De acuerdo con este artículo según ha sido citado la insol-vencia es un requisito previo para los tres primeros actos de quiebra, pero no lo es para el cuarto y quinto, o sea, cuando el deudor lia hecho una cesión ■ general a beneficie-de sus acreedores, o reconocido por escrito' su incapacidad de pagar sus deudas y su deseo de que se le decláre en quie-, bra por tal motivo. La insolvencia según la. Ley Federal de Quiebras, con ciertas limitaciones, .significa un exceso -del pasivo sobre el activo.

Ahora bien, se ha resuelto generalmente por las cortes que cuando un hombre ha sido declarado en quiebra por cualquiera de los tres primeros motivos, la insolvencia de dicho quebrado se presume concluyentemente por razón de la declaración de quiebra, puesto que a' los- acreedores s& les concede tiempo suficiente para oponerse a que sea decla-rado en quiebra en el tiempo que media desde la fecha dé la petición y la declaración misma. Cook v. Robinson, 194 Fed. 785; In re Dempster, 172 Fed. 353; Corbett v. Riddle, 209 Fed. 811; Collier on Bankruptcy, Fed., 963 nota 214a; In re Federal Biscuit Co., 214 Fed. 221, De igual modo ha sido declarado generalmente que todos lps. acreedores se con-[680]*680sideran como partes en la petición de quiebra. Sin embargo, no hemos podido cerciorarnos de que se presuma la insol-vencia cuando el deudor ha sido declarado en quiebra debido a los actos cuarto y quinto de quiebra. Las autoridades a la verdad parecen indicar lo contrario. Loveland on Bankruptcy, § 437; Collier on Bankruptcy, p. 963e; McNeel v. Folk, 83 S. E. 192; In re Alabama Coal & Coke Co., 210 Fed. 940; Sheppard Strassheim Co., v. Black, 211 Fed. 643; In re Louisell Lumber Co., 209 Fed. 784. Sostiene el apelante, como hemos visto, que para anular una preferencia no sola-mente es necesario probar la insolvencia, sino también que el acreedor tenía razón para creer en tal insolvencia. El artículo 67c, como ha sido enmendado por las leyes de 1903 y 1910, prescribe lo siguiente:

“c. Todo derecho preferente creado en el curso de una acción o procedimiento en ley o equidad, o establecido por consecuencia de los mismos, incluyendo embargos preventivos decretados después del em-plazamiento (upon mesne process)

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