Anglerau v. Mata

59 P.R. Dec. 982, 1941 PR Sup. LEXIS 177
Supreme Court of Puerto Rico·Decided July 22, 1941·No. Núm. 8400·Published

Opinion

(Por la Corte, a propuesta del

Juez Asociado Sr. Todd, Jr.)

Por CUANTO, dictada sentencia en este caso por la Corte de Dis-trito de Arecibo, la demandada apeló para ante este tribunal el día '14 de noviembre de 1940 y desde dicha fecha obtuvo de dicha corte varias prórrogas para radicar la. transcripción de la evidencia, ha-biendo vencido la última el 14 de mayo de 1941 sin haberla radicado;

Por Cuanto, la apelante solicitó de la corte inferior el 3 de julio de 1941 la concesión de una nueva prórroga la que le fué denegada;

Por Cuanto, basándose en los anteriores hechos, que aparecen com-probados por certificación del Secretario de la Corte de Distrito de Arecibo, los demandantes apelados radicaron ante este tribunal una moción solicitando la desestimación del recurso por abandono del mismo y no haber la apelante hecho gestión alguna para perfeccionar su apelación de acuerdo con la ley y el reglamento de este tribunal, de cuya moción notificó a la apelante;

[983] PoR Cuanto, se celebró la vista de dicha moción el 21 de julio de 1941 con la sola asistencia del abogado de los apelados, a pesar de haber sido debidamente notificada la demandada -apelante;

PoR taNto, vistos los autos del caso y la regla 59 de nuestro re-glamento, se desestima, por abandono, el recurso.

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Anglerau v. Mata, 59 P.R. Dec. 982, 1941 PR Sup. LEXIS 177 (prsupreme 1941).

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