Alfaro v. Alfaro

38 P.R. Dec. 1017, 1928 PR Sup. LEXIS 396
Supreme Court of Puerto Rico·Decided May 9, 1928·No. No. 4591·Published

Opinion

Apareciendo que el-9 de marzo último la corte senten-ciadora concedió al taquígrafo una prórroga de treinta días para presentar la transcripción de sus notas sin que después de vencido ese término se baya concedido nueva, prórroga ni se baya presentado en este tribunal la transcripción del legajo de la sentencia, debemos desestimar y desestimamos esta apelación.

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Alfaro v. Alfaro, 38 P.R. Dec. 1017, 1928 PR Sup. LEXIS 396 (prsupreme 1928).

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