Alcaide v. Díaz Cintrón
30 P.R. Dec. 980
Opinion
No fundándose la petición en falta de jurisdicción ni en defectos de procedimiento y no estimándose, motivo suficiente para librar el auto, que sea más rápido que la apelación, se declara no haber lugar en librar el auto.
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Alcaide v. Díaz Cintrón, 30 P.R. Dec. 980 (prsupreme 1922).
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